EJEMPLO DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
1. Despenalización del aborto en
Chihuahua (enero de 2025)
- El 30 de enero de 2025, la
SCJN despenalizó el aborto en el
estado de Chihuahua, invalidando el artículo 143 (párrafo primero)
y el artículo 146 (proemio y fracción I) del Código Penal estatal, que
sancionaban la interrupción voluntaria del embarazo en casi todas las
circunstancias.
- La decisión fue unánime y se
fundamentó en la protección de derechos reproductivos reconocidos en la
Constitución Federal y tratados internacionales.
¿Qué demuestra este caso?
- Cuando una norma estatal
contradice derechos fundamentales
o principios constitucionales superiores, se activa la acción de inconstitucionalidad
para invalidarla.
- La SCJN actúa como garante
último de la supremacía
constitucional, pasando por encima de legislaciones locales.
- Los efectos son generales:
las normas anuladas pierden plena
validez jurídica y dejan de aplicarse en el territorio donde
estaban vigentes.
- Conexión
con el principio de supremacía constitucional.
Estos fallos son una expresión
clara de:
- La jerarquía constitucional, donde ninguna norma local puede
prevalecer sobre la Constitución Federal (art. 133).
- La función del sistema
jurídico en preservar los derechos
humanos y libertades frente a normas locales que los limitan o
contradicen.
- La implementación del control concentrado a través de
la SCJN como mecanismo de protección del pacto federal y los principios
constitucionales.
Motivación del fallo
El ministro Juan Luis González
Alcántara Carranca expuso que dichas disposiciones:
- obligaban a las
mujeres/personas gestantes a ser madres, contrariando su proyecto de vida, y limitaban su
autonomía sobre su cuerpo y salud, afectando su bienestar físico, mental y
social.
La SCJN concluyó que la penalización no solo era incompatible con derechos humanos, sino que impulsaba prácticas inseguras fuera del sistema sanitario.
Efectos del fallo
- Los artículos declarados
inconstitucionales pierden validez
jurídica en Chihuahua y no pueden ser aplicados por ninguna
autoridad.
- La decisión tiene efecto retroactivo: beneficia a
quienes han sido investigadas, procesadas o sentenciadas bajo esos
artículos, así como a profesionales de la salud que brindaron servicios
con consentimiento informado.
- El Congreso local tuvo 90 días para armonizar su
legislación; al no hacerlo, la SCJN intervino con efectos generales.
Implicaciones sobre supremacía constitucional
- Se reafirma que la Constitución Federal es suprema
(art. 133) y que las Constituciones y códigos estatales no pueden
contravenirla.
- La acción de inconstitucionalidad fue el mecanismo idóneo para
eliminar normas estatales que violaban derechos fundamentales, incluso sin
existir controversias o amparos específicos.
- La SCJN actuó como tribunal
constitucional, con facultad de declarar normas estatales inconstitucionales con efectos generales,
garantizando uniformidad y primacía de la Carta Magna en todo el
territorio nacional.
Detalles formales
- Acción
de inconstitucionalidad 1/2024,
derivada del amparo en revisión
666/2023 resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023, con una mayoría de 4 votos.
- Emitida por el Pleno de la SCJN el 30 de enero de 2025,
lo que vinculó con efectos generales los artículos declarados
inconstitucionales.
Artículos estatales declarados
inconstitucionales
- Art.
143, párrafos primero y segundo
- Art.
145
- Art.
146, fracción I del Código Penal del Estado
de Chihuahua.
Fundamentación principal de la sentencia. En el fallo, la Primera Sala concluyó que esas disposiciones:
- Obligan a ser madres y
violan el derecho al proyecto de vida de las personas gestantes.
- Contravienen derechos
humanos protegidos constitucionalmente: salud, igualdad, no
discriminación, libertad y desarrollo de la personalidad.
- Crean barreras que empujan a
abortos inseguros, poniendo en peligro
Origen y Procedimiento
- Deriva del amparo en revisión 666/2023
resuelto por la Primera Sala el 18
de octubre de 2023, donde se declaró inconstitucionales los
artículos 143 (párrafos primero y segundo) y 145 del Código Penal de
Chihuahua, por vulnerar derechos fundamentales como la salud, igualdad y
no discriminación.
- Ante la omisión del Congreso
local en reformar dichas disposiciones, el Pleno de la SCJN emitió la AI 1/2024 el 30 de enero de 2025 y
la validó por mayoría Aborto en México.
Artículos Invalidados
- Art. 143, párrafos primero y segundo
- Art. 145
- Art. 146, fracción I (excusas absolutorias que aún
tipificaban el aborto como delito).
Efectos Jurídicos de la
Declaratoria
- Efectos
generales: las normas ya no se
aplican en territorio chihuahuense ni pueden ser usadas por autoridades.
- Retroactiva: beneficia a personas investigadas,
procesadas o condenadas por aborto y al personal médico que participó con
consentimiento informado.
- El Congreso local tenía 90 días para armonizar la legislación;
al no hacerlo, el fallo actuó automáticamente.
Además, el fallo fue publicado oficialmente a más tardar el 16 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, notificando a autoridades estatales que no pueden seguir aplicando dichos artículos.
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