EJEMPLO DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD




1. Despenalización del aborto en Chihuahua (enero de 2025)

  • El 30 de enero de 2025, la SCJN despenalizó el aborto en el estado de Chihuahua, invalidando el artículo 143 (párrafo primero) y el artículo 146 (proemio y fracción I) del Código Penal estatal, que sancionaban la interrupción voluntaria del embarazo en casi todas las circunstancias.
  • La decisión fue unánime y se fundamentó en la protección de derechos reproductivos reconocidos en la Constitución Federal y tratados internacionales.

¿Qué demuestra este caso?

  • Cuando una norma estatal contradice derechos fundamentales o principios constitucionales superiores, se activa la acción de inconstitucionalidad para invalidarla.
  • La SCJN actúa como garante último de la supremacía constitucional, pasando por encima de legislaciones locales.
  • Los efectos son generales: las normas anuladas pierden plena validez jurídica y dejan de aplicarse en el territorio donde estaban vigentes.
  • Conexión con el principio de supremacía constitucional.

Estos fallos son una expresión clara de:

  • La jerarquía constitucional, donde ninguna norma local puede prevalecer sobre la Constitución Federal (art. 133).
  • La función del sistema jurídico en preservar los derechos humanos y libertades frente a normas locales que los limitan o contradicen.
  • La implementación del control concentrado a través de la SCJN como mecanismo de protección del pacto federal y los principios constitucionales.

Motivación del fallo

El ministro Juan Luis González Alcántara Carranca expuso que dichas disposiciones:

  • obligaban a las mujeres/personas gestantes a ser madres, contrariando su proyecto de vida, y limitaban su autonomía sobre su cuerpo y salud, afectando su bienestar físico, mental y social.
    La SCJN concluyó que la penalización no solo era incompatible con derechos humanos, sino que impulsaba prácticas inseguras fuera del sistema sanitario.

Efectos del fallo

  • Los artículos declarados inconstitucionales pierden validez jurídica en Chihuahua y no pueden ser aplicados por ninguna autoridad.
  • La decisión tiene efecto retroactivo: beneficia a quienes han sido investigadas, procesadas o sentenciadas bajo esos artículos, así como a profesionales de la salud que brindaron servicios con consentimiento informado.
  • El Congreso local tuvo 90 días para armonizar su legislación; al no hacerlo, la SCJN intervino con efectos generales.

 Implicaciones sobre supremacía constitucional

  • Se reafirma que la Constitución Federal es suprema (art. 133) y que las Constituciones y códigos estatales no pueden contravenirla.
  • La acción de inconstitucionalidad fue el mecanismo idóneo para eliminar normas estatales que violaban derechos fundamentales, incluso sin existir controversias o amparos específicos.
  • La SCJN actuó como tribunal constitucional, con facultad de declarar normas estatales inconstitucionales con efectos generales, garantizando uniformidad y primacía de la Carta Magna en todo el territorio nacional.

Detalles formales

  • Acción de inconstitucionalidad 1/2024, derivada del amparo en revisión 666/2023 resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023, con una mayoría de 4 votos.
  • Emitida por el Pleno de la SCJN el 30 de enero de 2025, lo que vinculó con efectos generales los artículos declarados inconstitucionales.

Artículos estatales declarados inconstitucionales

  • Art. 143, párrafos primero y segundo
  • Art. 145
  • Art. 146, fracción I del Código Penal del Estado de Chihuahua.

 Fundamentación principal de la sentencia. En el fallo, la Primera Sala concluyó que esas disposiciones:

  • Obligan a ser madres y violan el derecho al proyecto de vida de las personas gestantes.
  • Contravienen derechos humanos protegidos constitucionalmente: salud, igualdad, no discriminación, libertad y desarrollo de la personalidad.
  • Crean barreras que empujan a abortos inseguros, poniendo en peligro

Origen y Procedimiento

  • Deriva del amparo en revisión 666/2023 resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023, donde se declaró inconstitucionales los artículos 143 (párrafos primero y segundo) y 145 del Código Penal de Chihuahua, por vulnerar derechos fundamentales como la salud, igualdad y no discriminación.
  • Ante la omisión del Congreso local en reformar dichas disposiciones, el Pleno de la SCJN emitió la AI 1/2024 el 30 de enero de 2025 y la validó por mayoría Aborto en México.

 Artículos Invalidados

  • Art. 143, párrafos primero y segundo
  • Art. 145
  • Art. 146, fracción I (excusas absolutorias que aún tipificaban el aborto como delito).

Efectos Jurídicos de la Declaratoria

  • Efectos generales: las normas ya no se aplican en territorio chihuahuense ni pueden ser usadas por autoridades.
  • Retroactiva: beneficia a personas investigadas, procesadas o condenadas por aborto y al personal médico que participó con consentimiento informado.
  • El Congreso local tenía 90 días para armonizar la legislación; al no hacerlo, el fallo actuó automáticamente.

Además, el fallo fue publicado oficialmente a más tardar el 16 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, notificando a autoridades estatales que no pueden seguir aplicando dichos artículos. 

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