Principio de Supremacía Constitucional
Es a finales del siglo XVIII, con
la creación del Estado Constitucional, cuando propiamente surge el concepto de
Constitución como norma suprema.
Bajo esa concepción, la
Constitución impone una serie de límites y vínculos a los poderes del Estado
para garantizar la libertad de los ciudadanos y la subsistencia de la
comunidad. Esta idea es recogida por el artículo 16 de la Declaración Francesa
de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en la que se señaló: “toda sociedad
donde no se garantizaran los derechos fundamentales y donde no existiera
división de poderes no tendría Constitución”.
En ese sentido, el principio de supremacía constitucional significa que la Constitución es la norma fundamental, que está en la cumbre o por arriba de las demás normas jurídicas
“Esta Constitución... serán la
ley suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se ajustarán a ella (…)
a pesar de las disposiciones contrarias de las Constituciones o leyes de los
Estados.
Este precepto define una pirámide normativa en la que:
- Constitución Federal
- Tratados internacionales y
leyes federales
- Constituciones estatales
- Leyes locales y reglamentos
Cualquier conflicto entre leyes locales y la Constitución debe resolverse a favor de esta última
La precisión del concepto en análisis es importante para este trabajo, ya que se reflexionará sobre la posición jerárquica que guarda nuestra Constitución con respecto del derecho internacional de los derechos humanos, esto es, entre otras cuestiones, se analizará si frente a las normas de derechos humanos consagradas en tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano, hoy día podemos seguir sosteniendo el principio de supremacía de nuestra Constitución.
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